lunes, 26 de noviembre de 2012

PLANEACION TRIBUTARIA : IMPACTO DE IMPUESTOS EN EL INDICE DE ROTACION DE ACTIVOS

EDILBERTO DIAZ GAITAN


El Indice de Rotación de Activos (IRA) tiene por finalidad establecer la eficiencia con la que los activos empleados de la empresa participan en la generación de ingresos por ventas. 
 
El departamento de Contabilidad y el Analista Financiero deben entonces precisar si sólo se trata de los ingresos operacionales contemplados por la cuenta 41  "VALORES RECIBIDOS Y/O CAUSADOS COMO RESULTADO DE ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN CUMPLIMIENTO DE SU OBJETO SOCIAL...", que para efectos del análisis sería lo más apropiado, o si en la información suministrada se han incluído los ingresos totales, es decir, adicionando los Ingresos No Operacionales de la empresa, de la cuenta 42 "INGRESOS PROVENIENTES DE TRANSACCIONES DIFERENTES A SU OBJETO SOCIAL O GIRO NORMAL DE SUS NEGOCIOS, COMO: OPERACIONES FINANCIERAS, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, HONORARIOS, UTILIDAD EN VENTA PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPOS, INVERSIONES, DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES, INDEMNIZACIONES, RECUPERACION DEDUCCIONES, INGRESOS EJERCICIOS ANTERIORES".
 
La expresión del Indice de Rotación de Activos está dado por:
 
       IRA     =               VENTAS
                         ACTIVOS TOTALES
 
Entre más alto es este indicador, mayor es la eficiencia de la participación o utilización  de los activos de la empresa en la generación de Ingresos por Ventas.
 
El analista financiero debe igualmente considerar especialmente, la clase de empresa que estudia, y por consiguiente, la estructura y monto del activo en el balance general y en el estado de resultados, ya que generalmente puede suceder que en empresas manufactureras exista un valor representativo en equipos, plantas, equipos, inventarios, etc., provocando en general, indices de rotación de activos más bajos.
 
Empresas comerciales, por el contrario, suelen tener un IRA más alto que el de empresas manufactureras, pués su objeto y actividad económica, consiste precisamente en comprar y vender bienes y servicios a la mayor velocidad posible, con una baja pero muy productiva estructura de muebles, inmuebles, plantas, equipos, dando sí una elevada rotación de compras y ventas a sus  inventarios, mercancías en tránsito.
 
Finalmente, las empresas de servicios, por su estructura de activos, generalmente sustentada en intangibles, con una baja valoración contable por efectos impositivos, suelen arrojar IRA muy altos, en comparación con los sectores comercial y manufacturero.
 
Para no incurrir en equivocaciones de análisis financiero, lo apropiado es comparar IRA de empresas de un mismo sector económico, industrial, comercial o de servicios. Entre menor sea el sesgo del sector económico analizado financieramente, el IRA obtenido resulta de igual manera más representativo.
 
 
EFECTOS IMPOSITIVOS SOBRE EL IRA
 
 
En el análisis financiero del IRA ha de considerarse si el nivel de ventas de la ecuación contempla el valor de las ventas brutas, si incluye o no el Impuesto Sobre las Ventas, la retención en la fuente a título de impuesto de renta o de IVA, la tarifa de ICA que tienen las ventas informadas, si la empresa con determinada actividad económica, está sujeta a un régimen especial de exenciones en renta, o de exclusiones o exenciones en las ventas, o si éstas, enfrentan tarifas de IVA general o preferenciales.

Por supuesto que hasta la ubicación del domicilio de la empresa, afectarà  el valor del indicador, ya que podrá enfrentar por lo menos temporalmente un tratamiento preferencial respecto a exenciones en el cobro de tarifas de ICA preferenciales, o un régimen preferencial tanto en renta como en IVA, por encontrarse asentada en ciertos municipios fronterizos, y finalmente, definir si la empresa se ha acogido o no al régimen fiscal y parafiscal preferente de la Ley 1429 de 2010.

Se puede observar así, que el IRA inicialmente establecido puede resultar afectado en distintas proporciones, al introducirle al análisis financiero variables de tipo impositivo. Como se indicó en párrafos anteriores, no basta obtener su simple resultado; será necesario compararle con el IRA obtenido para empresas o proyectos del mismo sector. Su valor cercano a la unidad, puede reflejar una elevada eficiencia en la utilización de los activos para la generación de ingresos por ventas, pero ese mismo valor, puede indicar una ineficiencia cuando estamos estudiando por ejemplo, empresas del sector servicios donde existe un bajo componente de activos y una elevada generación de ingresos por ventas de servicios.
 
 
 
 







 

jueves, 22 de noviembre de 2012

PLANEACION TRIBUTARIA : RETENCIONES EN LA FUENTE QUE LE HAN PRACTICADO


EDILBERTO DIAZ GAITAN

Para efectos de la Planeación Tributaria a realizar por el año gravable 2012, se debe establecer los conceptos de retención en la fuente que a título de los impuesros administrados por la DIAN le han efectuado al contribuyente, los valores retenidos y las tarifas que le han aplicado por los diversos pagos o abonos en cuenta.

Los valores parciales y totales por cada concepto de retención, la sumatoria total de las retenciones en la fuente que le han practicado, afectará los ingresos brutos que el financiero ha proyectado inicialmente, y para efectos de la posterior elaboración y presentación de las declaraciones tributarias, por ejemplo en IVA o Renta, se considerarán (Retenciones por pagar - Retenciones que se le han practicado) para calcular finalmente el saldo a pagar de impuestos.

1. Retención por salarios prestaciones y demás pagos laborales

2. Retención por ventas

3. Retención por servicios

4. Retención por honorarios

5. Retención por comisiones

6. Retención por intereses y rendimientos financieros

7. Retención por arrendamientos

8. Retención por otros conceptos

9. Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas

10. Retención por dividendos y participaciones

11. Retención por enajenación de activos fijos de personas naturales ante oficinas de tránsito y otras entidades autorizadas

12. Retención por ingresos de tarjetas débito y crédito

13. Retención por loterías, rifas, apuestas y similares

14. Retención por impuesto de timbre