miércoles, 17 de octubre de 2012

PLANEACION TRIBUTARIA : FASE INICIAL


 
EDILBERTO DIAZ GAITAN

La fase inicial de la Planeación Tributaria para el consultor financiero parte de los siguientes principios básicos:

a.- Si se trata de un proyecto de montaje de una empresa
b.- Si se trata de la planeación global de un proyecto de inversión, al interior o no de una unidad organizacional (empresa, conglomerado económico, consorcio, etc.)
c.- Si se trata de proyectos de inversión o de empresas ya en desarrollo.

El concepto de planeación, y específicamente en el campo de la tributación es bien distinto para evaluar y cuantificar su impacto en las finanzas, cuando se aborda una proyección, o cuando se enfrenta ya a empresas o proyectos de inversión, en etapas de ejecución. Para esta segunda hipótesis de trabajo, el consultor financiero o tributarista, se enfrenta ya a otras realidades, a un conjunto de toma de decisiones de tipo administrativo, operativo, económico, financiero y legal, difíciles de modificar. Para citar apenas tres ejemplos prácticos, el registro de actividades económicas en el formulario de inscripción del comerciante y de su establecimiento de comercio en Cámara de Comercio, el señalamiento del domicilio social de la empresa, el acogimiento o no a una determinada ley, por ejemplo la de formalización y generación de empleo (L.1429/2010), van a a determinar unos efectos tributarios y financieros de importantes repercusiones en el desarrollo de la empresa o del proyecto de inversión, difíciles ya de modificar en posteriores estadios de desarrollo. En parte, planear o planificar es ordenar, y para los ejemplos citados, ya resultará algo difícil ordenar lo que ya se pudo decidir deficientemente en etapas de proyección empresarial o de inversión.

También el consultor financiero o tributarista debe conocer ampliamente las variables endógenas o exógenas del proyecto de inversión o desarrollo empresarial en estudio. Tributaria y financieramente, el consultor tiene algunas posibilidades de actuación, sobre otras puede decidir, y sobre otras variables exógenas a su entorno, no cuenta con posibilidades de decisión o actuación. Por ejemplo, poco podrá intervenir sobre estructuras básicas de costos de la empresa, pero sí, podrá proyectar los efectos sobre el aceleramiento en la política de depreciaciones de sus activos, adquirir activos en propiedad utilizando su propio flujo de caja, o mediante contratos de leasing. También, podrá evaluar ex ante, los efectos de acogerse o no a la deducción por donaciones realizadas a la red pública de bibliotecas nacionales, o de realizar un proceso de absorción con una empresa que en los últimos años presenta pérdidas fiscales.

Ya el proyecto de inversión o la empresa en ejecución o desarrollo, presenta variables exógenas al consultor financiero o tributario, de difícil modificación, por ejemplo en lo concerniente a ingresos gravados o no, ingresos que constituyen o no renta o ganancia ocasional, tarifas a pagar de IVA, régimen de exclusiones o exenciones en el impuesto sobre las ventas, tarifas, deduciones o exclusiones en el régimen asumido de impuesto de industria y comercio, etc.

 

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